El país entró en el racionamiento de gas
A partir de hoy Colombia entra en racionamiento programado de gas natural, mientras se realizan trabajos de reparación de la Planta de Regasificadora de Cartagena SPEC.
Una resolución del Ministerio de Minas y Energía, señala que los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado y que es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional.
Según la norma expedida por el MinEnergia se fija el orden de atención prioritaria de que se trate, teniendo en cuenta los efectos sobre la población, las necesidades de generación eléctrica, los contratos debidamente perfeccionados, así como todos aquellos criterios que permitan una solución equilibrada de las necesidades de consumo en la región o regiones afectadas.
Igualmente se contempla que cuando se presenten insalvables restricciones en la oferta de gas natural o situaciones de grave emergencia, no transitorias, originadas en la infraestructura de suministro, de transporte o de regasificación, que impidan la prestación continúa del servicio, los productores comercializadores, los agentes importadores, los comercializadores, los transportadores atenderán a la demanda en el siguiente orden de prioridad:
En primer lugar, será atendida la demanda esencial en el orden establecido por el artículo 2.2.2.1.4 del presente decreto, priorizando los servicios residencial y de pequeños comercios.
En segundo lugar, será atendida la demanda no esencial que cuente con contratos vigentes con garantía de suministro sin interrupciones establecidos en la regulación aplicable, en cualquiera de sus modalidades.
El volumen será asignado por los productores comercializadores, los comercializadores y los transportadores conforme a las condiciones de suministro pactadas contractualmente. En caso de empate deberá dársele le prioridad más alta de abastecimiento al usuario con el más alto costo de racionamiento y así sucesivamente.
En tercer lugar se atenderán las exportaciones pactadas en firme.