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MinTrabajo reitera el derecho a la libertad de expresión en día cívico

Se hace un llamado a las entidades del sector público y privado a garantizar el ejercicio libre y voluntario de los derechos fundamentales. Evitar cualquier restricción indebida que pueda configurar una vulneración de la libertad de expresión y la protesta social.
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Antonio Sanguino, ministro de TYrabajo
Crédito
Archivo
17 Mar 2025 - 17:02 COT por Alfonso Aya Roa

El ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, firmó circular en la cual insiste en el derecho a la libertad de expresión, de reunión pacífica y protesta social, como fundamentales en el reconocimiento y fortalecimiento de los derechos laborales.

Se anunció que al cierre de la jornada en la Plaza de Bolívar de Bogotá el presidente Gustavo Petro, se dirigirá quienes participen en la marcha de apoyo a las reformas laboral y a la salud.

Precisó el jefe de la cartera laboral, que el día cívico, decretado por el presidente de la República, tiene como finalidad permitir la participación ciudadana en asuntos de interés general.

En la misma, que hace referencia a los artículos 20 y 37 de la Constitución Política, se recuerda que, de acuerdo con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, se establece la obligación de los Estados de garantizar el derecho de reunión pacífica y de asociación, lo que implica que las autoridades nacionales y territoriales deben adoptar medidas para su protección.

La directriz dirigida a entidades del sector central y descentralizado de la rama ejecutiva del orden nacional y territorial, sector privado y empresas, contempla la observancia del día cívico y autonomía territorial y la garantía del derecho a la protesta y libertad de expresión. 

Aclaró que el Ministerio del Trabajo, en el ejercicio de sus facultades de inspección, vigilancia y control, verificará que no se vulneren derechos laborales fundamentales con ocasión del día cívico.

En caso de evidenciarse posibles infracciones a la normatividad laboral, adelantará las actuaciones administrativas correspondientes dentro de los límites que le impone la ley.

Se exhorta a las autoridades nacionales y territoriales a garantizar el respeto del derecho a la protesta social, evitando cualquier medida que pueda limitar o desincentivar la participación ciudadana en manifestaciones pacíficas.

Se recordó a los empleadores del sector privado que el vínculo laboral no puede ser utilizado para restringir el derecho a la protesta. La Corte Constitucional ha reiterado que los empleadores deben respetar la dignidad personal de los trabajadores, sus creencias y su libertad de asociación, prohibiendo cualquier acto que limite estos derechos fundamentales.