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Comisión Séptima de la Cámara de Representantes aprueba más del 35% de la reforma a la salud en primer debate

Uno de los artículos más destacados es el 24, que establece la concesión de créditos blandos a las Instituciones Prestadoras de Salud (IPS), con el fin de mejorar su estabilidad financiera.
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12 Nov 2024 - 16:13 COT por Ecos del Combeima

Este martes, la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes aprobó en primer debate la ponencia positiva del Gobierno sobre la reforma a la salud, con 15 votos a favor y cuatro en contra. La discusión avanzó con la aprobación en bloque de dos grupos de artículos, lo que permitió que más del 35% de la reforma fuera avalado en esta primera etapa.

Los congresistas aprobaron en un primer bloque los artículos 21, 23, 24, 26, 27, 46, 47, 49 y 50. Estos abordan aspectos cruciales como los servicios sociales complementarios en salud, que buscan garantizar que las personas accedan a los servicios de salud a pesar de barreras económicas o geográficas. También incluyen las prestaciones económicas para apoyar a las familias en situaciones como la maternidad y paternidad.

Uno de los artículos más destacados es el 24, que establece la concesión de créditos blandos a las Instituciones Prestadoras de Salud (IPS), con el fin de mejorar su estabilidad financiera. Esto permitirá a hospitales y clínicas sanear sus finanzas y continuar operando de manera sostenible dentro del sistema de salud.

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Analistas alertan por baja ejecución presupuestal.

El artículo 26, por su parte, regula el uso de recursos excedentes generados entre 1994 y 2016, permitiendo a las entidades territoriales destinar estos fondos a cubrir deudas por servicios de salud prestados a la población migrante no afiliada. Este es uno de los puntos clave en la reforma, dado el aumento en la demanda de atención por parte de esta población.

En cuanto al personal de salud, los artículos 46, 47, 49 y 50 hacen énfasis en mejorar sus condiciones laborales. Entre las medidas aprobadas, se otorgan facultades extraordinarias al presidente para que establezca un régimen especial para los trabajadores del sector. Además, se crean incentivos salariales y no salariales, especialmente para quienes trabajen en zonas apartadas del país.

Posteriormente, la Comisión aprobó un segundo bloque compuesto por los artículos 37, 38, 39, 40, 42, 45, 51, 52, 53, 54, 55 y 56. Entre estos, se destaca la creación de Unidades Zonales de Salud en cada departamento, que tendrán la tarea de apoyar a los municipios en la planificación y uso de recursos, así como en el cumplimiento de metas en salud.

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El artículo 42 también es clave en la reforma, ya que establece la creación del Fondo de Infraestructura y Dotación de la Red Pública Hospitalaria (FIDH). Este fondo financiará proyectos de construcción y equipamiento en hospitales públicos, con el fin de mejorar la infraestructura de la red de salud en el país.

Por otro lado, los artículos 51 al 53 tratan sobre la inspección y vigilancia del sistema de salud. Se faculta a la Superintendencia Nacional de Salud para imponer sanciones administrativas por incumplimiento de las normativas, con multas significativas para entidades y personas naturales que no respeten las regulaciones establecidas.

Finalmente, los artículos 54 y 55 garantizan la consulta y el consentimiento para las comunidades indígenas, afrocolombianas, raizales, palenqueras y el pueblo Rom en temas relacionados con la salud. Estas disposiciones buscan asegurar la interculturalidad en la atención en salud y otorgar autonomía a estas comunidades para administrar sus sistemas de salud propios.