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Mañana es el 'Día sin carro y sin moto' en Ibagué: tenga en cuenta las excepciones

Muchas personas, por el ejercicio de sus labores, sí podrán transitar normalmente en sus vehículos.
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Alcaldía de Ibagué
7 Feb 2023 - 3:59 COT por Ecos del Combeima

Este miércoles 8 de febrero se lleva a cabo el primer 'Día sin carro y sin moto' del 2023 en Ibagué. La jornada comienza a las 6 de la mañana y termina a las 8 de la noche, pero la Alcaldía habilitará la carrera 5a, como principal corredor vial de la ciudad, para el uso exclusivo de peatones y transportes alternativos.

No obstante, pese a que se trata de una política ambiental de obligatorio cumplimiento, el decreto 078 contempla una serie de excepciones para personas que, por el desarrollo e importancia de sus labores, sí podrán transitar normalmente en sus vehículos.

Según el secretario de Movilidad, Ricardo Fabián Rodríguez, los agentes 'azules' tendrán puestos de control en varios sectores de la ciudad para garantizar el cumplimiento de la medida y sancionar, mediante comparendo e inmovilización, a quienes sean sorprendidos en calidad de infractores.

Las 20 excepciones

1.  Policías, fuerzas militares, organismos de seguridad o escoltas, blindados y periodistas en ejercicio de sus funciones. Todos debidamente identificados

2. Servicio oficial, diplomáticos, secretarios de despacho municipal y departamental 

3. Servicio público domiciliario: Acueducto, energía, gas, telefonía y recolectores de basuras autorizados

4. Transporte de valores y vehículos de seguridad 

5. Medicina domiciliaria, transporte de enfermos en caso de emergencia como: ambulancias, Bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil. Médicos que demuestren el ejercicio de sus funciones

6. Carrozas fúnebre y su respectivo cortejo 

7. Vehículos de fiscales, jueces, magistrados, procuradores y demás autoridades judiciales, que estén en ejercicio de sus funciones

8. Transporte de carga de acuerdo a la licencia de tránsito 

9. Vehículos que ingresen a la ciudad acreditando el recibo de pago del peaje y solo por el tiempo necesario para llegar a su destino

10. Vehículos que tengan adaptados mecanismos para desplazar personas con movilidad reducida o en los que ellos se desplacen

11. Vehículos de prestación especial de pasajeros portando el FUEC y solo por el tiempo necesario

12. Vehículos del personal de salud debidamente identificados 

13. Motocicletas de empresas de vigilancia que ejerzan la supervisión y estén identificados 

14. Motocicletas del personal operativo de las empresas del transporte público colectivo, identificados y uniformados

15. Vehículos destinados al control del tráfico, grúas y carro talleres o de asistencia técnica debidamente identificados 

16. Vehículos de entrega de encomiendas, hasta cinco toneladas con logos y nombre de la empresa

17. Motocicletas que presten servicios de domicilio, representación comercial y ventas, cuyos conductores estén uniformados, identificados y solos en su desplazamiento

18. Vehículos o motocicletas que se desplacen por la variante 

19. Vehículos híbridos, eléctricos o a gas natural que figuren como tal en la licencia de tránsito. No aplica para automotores a combustibles duales, es decir gas/gasolina o gas/diésel

20. Vehículos de las escuelas de enseñanza automovilística dedicados a labores de capacitación, debidamente identificados y cumpliendo la restricción de ‘pico y placa’

Por acuerdo municipal, la Alcaldía de Ibagué, independiente del mandatario que se encuentre de turno, deben realizar dos jornadas por cada anualidad. Sin embargo, algunos ambientalistas proponen que se incremente a cuatro para fortalecer la cultura de la movilidad sostenible y reducir los indicadores de contaminación.