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Contratista de la 60 aplazó cuatro veces la audiencia por incumplimiento en la que terminó sancionado

Ecos del Combeima revela los detalles de la declaratoria de incumplimiento al contrato del puente elevado de la 60 en Ibagué.
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Alcaldía de Ibagué
5 Jun 2024 - 5:54 COT por Juan Pablo Corredor

Ocho sesiones tuvieron que realizarse a lo largo de casi un mes para resolver el incumplimiento del que se acusaba al contratista encargado de construir, inicialmente en ocho meses, el puente elevado de la calle 60 con carrera Quinta de Ibagué.

Como ya lo reveló Ecos del Combeima, las diligencias terminaron con el incumplimiento total al constructor encargado de la obra, el Consorcio Puente Carrera Quinta, sumado a la imposición de una cláusula penal pecuniaria prevista en el contrato por la suma de $3.914 millones.

El 'espinoso' tema de un incumplimiento, aunque debía discutirse el 24 de abril de este 2024, fue aplazado por primera vez por solicitud de Roberto José Gutiérrez, uno de los integrantes del Consorcio, quien argumentó la existencia de una diligencia previamente agendada para ese mismo día.

Aunque el imperioso compromiso de Gutiérrez fue calificado como una reunión que "no tiene la relevancia ni la entidad suficiente para dar lugar al aplazamiento de la audiencia sancionatoria convocada", en atención a la insistente solicitud del contratista de obra, se accedió a dejar la discusión del incumplimiento para el siguiente día.

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Sin embargo, y por segunda vez dentro de la audiencia sancionatoria, el ingeniero Gutiérrez solicitó un aplazamiento. "Nuevamente, les pido encarecidamente la suspensión a la audiencia, toda vez de que el tiempo ha sido muy corto para preparar los descargos para la misma. Incluso mi abogado me ha dicho que le ha quedado muy difícil entrar ahorita mismo a la audiencia y no ha tenido el tiempo suficiente para preparar los descargos como tal. No sé si le es posible suspenderla para la próxima semana", dijo el contratista sobre la solicitud a la que terminó accediendo la Alcaldía con la finalidad de ser garante del derecho al debido proceso.

Tras una siguiente sesión que fue aplazada a solicitud de representante de la interventoría, en una reunión del 10 de mayo de 2024, el mismo Roberto José Gutiérrez pidió dejar, por tercera vez, la diligencia para otro día, bajo el argumento de "poder construir sus descargos".

Siete días después, el contratista solicitó por cuarta vez la suspensión de la audiencia para poder analizar unas pruebas aportadas por el Municipio.

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Alcaldía de Ibagué

Así las cosas, se reinicia la sesión por sexta ocasión, el 22 de mayo de 2024, fecha en la que tampoco prosperaron las diligencias por cuenta de una amenaza contra la vida de la Jefe de Contratación, realizada a su línea telefónica a las 05:31 p.m.

Solo tras otra breve reunión en la que la interventoría concluye que informes del contratista no han sido subsanados, tuvo lugar la tan esperada audiencia de presunto incumplimiento.

Respecto a los cargos formulados y luego del debate probatorio entrelazado en la actuación administrativa en el que, según la Alcaldía, el contratista tuvo la oportunidad de controvertir y allegar pruebas, se concluyó lo que muchos ya sospechaban.

"Se puede evidenciar de manera clara que el contratista ha incumplido de manera grave y definitiva el objetivo contractual, toda vez que presenta retrasos en el plan de obra e insatisfacción de los compromisos asumidos en los comités de obra. De lo anterior se dio cuenta en el informe de interventoría presentado en el presente trámite", se puede leer en la resolución en la que la Alcaldía resolvió declarar el incumplimiento total del contrato.

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Así las cosas, las principales preocupaciones están:

1) En que no se cuenta con la información clara y detallada del manejo del recurso del anticipo.

2) En la continuidad de la obra, pese a que podrían haberse avanzado otras actividades mientras se tramitaban los permisos.

3) Y en la ausencia de implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo.

El único respiro, concluye la Alcaldía, es que por lo menos la aseguradora, posterior al inicio del proceso de incumplimiento, dio a conocer que se ha expedido las garantías relacionadas con el contrato.