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Este fin de semana podrá pagar sus obligaciones tributarias hasta con un 80 % de descuento en intereses y sanciones

El porcentaje del descuento estará sujeto a la etapa en la que se encuentre la deuda y aplicará para los impuestos de predial e industria y comercio.
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Cortolima
28 Nov 2020 - 6:47 COT por Ecos del Combeima

Hasta el lunes 30 de noviembre de 2020, los ibaguereños podrán acceder a los descuentos en sanciones e intereses, por concepto del impuesto predial y el impuesto de industria y comercio.

El secretario de Hacienda, Leopoldo Alfonso Lannini, indicó que la ciudadanía puede acogerse a los beneficios determinados para impuestos, tasas y contribuciones, los cuales, están contemplados en la Ley 2019. 

“Desde el Gobierno Municipal presentamos un proyecto de acuerdo con unas condiciones de beneficio para los contribuyentes, aprobado por el Consejo Municipal. La ciudadanía puede obtener descuento en intereses y sanciones, solo aquellas personas que tenían deudas con mandamiento de pago en las vigencias 2019 hacia atrás”, indicó el jefe de la cartera.

Los descuentos serán aplicados según la etapa en la que se encuentre la deuda del impuesto: 

•    Por el 80 %: cuando el proceso contra una liquidación oficial se encuentre en única o primera instancia.

•    Por el 70%: cuando el proceso contra una liquidación oficial tributaria se halle en segunda instancia

•    Por el 50%: cuando el acto demandado se trate de una resolución o acto administrativo mediante el cual se imponga una multa de carácter tributario.

•    Por el 50%: en el caso de actos administrativos que impongan sanciones por concepto de devoluciones 

Para acceder a los beneficios, los contribuyentes deberán cumplir con los siguientes requisitos: 

Haber sido notificado antes del 27 de diciembre de 2019.

Adjuntar pago de la obligación de conciliación según el acuerdo 

Aportar pago por el año gravable 2019 para Industria y Comercio

Hacer la solicitud a través del portal web de la Administración Municipal www.ibague.gov.co o en los correos  predial@ibague.gov.co, cobrocoactivo@ibague.gov.co, pqr@ibague.gov.co, industria@ibague.gov.co.

“Los requisitos son que tengan un mandamiento de pago, un proceso de fiscalización adelantado en el Municipio, puede ser a través de un acuerdo de pago, o que ya hayan sido emplazados exigiéndoles el cobro de los valores adeudados al Municipio. Este último, el más importante y el que determina quién puede acogerse al beneficio”, manifestó el funcionario.

Tenga en cuenta que el proyecto de acuerdo con condiciones de beneficio para los contribuyentes, aprobado por el Consejo Municipal, fue presentado después de la derogación del Decreto 312 que buscaba entregar algunos alivios tributarios a las personas naturales y empresas afectadas económicamente por la pandemia.