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Alcaldía de Ibagué se acogió a lo dispuesto por la Corte Constitucional en materia de alivios tributarios

Así las cosas, el acuerdo de pago será respetado y aplicado a aquellos contribuyentes que hayan manifestado su voluntad de acogerse a los beneficios tributarios.
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Alcaldía de Ibagué
27 Oct 2020 - 6:35 COT por Ecos del Combeima

La Alcaldía de Ibagué, a través de su Secretaría de Hacienda, emitió un comunicado de prensa en el que informa que se acoge a la decisión de la Corte Constitucional de declarar inexequible los artículos 6, 7 y 9 del Decreto 678 de 2020.

Al respecto, la jefe de la Oficina Jurídica, Andrea Mayoral, explicó que las decisiones proferidas son de aplicación inmediata y tienen efectos hacia el futuro (Ley 270 de 1996 – Artículo 45), enfatizando además que con el pronunciamiento se advierte que la decisión está surtiendo plenos efectos jurídicos.

“La Sentencia 973 de 2004 establece que los efectos y las consecuencias jurídicas de los fallos emanados de la Corte Constitucional, se producen desde el día siguiente en el que se toma la decisión de exequiblidad o inexequibilidad, como es el caso que nos ocupa para los Artículos 6, 7 y 9 del Decreto 678", señaló la abogada.

Por su parte, el jefe de la cartera de Hacienda, Leopoldo Alfonso, mencionó que la meta inicial de recaudo presupuestal para el 2020 era de $9.000 millones y a la fecha se ha recaudado una cifra cercana a los $10.000 millones, evidenciando un impacto importante en los aportes tributarios.

“Hemos radicado en las actuales sesiones ordinarias del Concejo Municipal un proyecto de acuerdo, basado en la Ley 2010 que permita otorgar descuentos, si así lo considera el Concejo Municipal, en el 80 % de los intereses”, sostuvo el funcionario.