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Corte Constitucional tumbó las gabelas a los deudores de impuestos

La medida se había adoptado con el fin de que las entidades territoriales recuperaran su cartera y generaran mayor liquidez. Los contribuyentes podrán cancelar hasta que la sentencia quede en firme.
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Alcaldía de Ibagué
16 Oct 2020 - 10:36 COT por Ecos del Combeima

Las gabelas entregadas por parte del Gobierno Nacional a los contribuyentes morosos a través del artículo 7 del decreto 678 fueron tumbadas por parte de la Corte Constitucional.

“La decisión de la Corte a través de un comunicado es una difícil situación para los contribuyentes morosos porque los beneficios que estaban dispuestos con el decreto 312 lo podremos aplicar hasta que se determine la sentencia”, dijo Leopoldo Alfonso Lanini.

Archivo de audio

La medida se había adoptado con el fin de que las entidades territoriales recuperaran su cartera y generaran mayor liquidez, así como la posibilidad de aliviar la situación económica de los deudores, los contribuyentes, responsables, agentes retenedores y demás obligados accederán a los siguientes beneficios en relación con los impuestos, tasas, contribuciones y multas pendientes de pago.

“Esta modalidad inició en el mes de junio, como cartera hemos logrado recuperar cerca de $10 mil millones”, dijo el funcionario.

Además mencionó que “Realmente el fallo no ha salido, por lo que no conocemos los detalles, hasta que no esté sentencia en firme no podremos adoptar en la ciudad esta decisión, hasta ese momento podremos intervenir la plataforma”.

¿Los contribuyentes pueden seguir pagando?

“No puedo determinar si hoy o mañana, hasta el momento no está en firme la sentencia, en este momento se puede hacer porque la sentencia no ha sido proferida”, puntualizó el secretario de Hacienda.