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Horario de rumba en Ibagué será hasta las 5:00 a.m.

Los establecimientos nocturnos que cumplan con los requisitos establecidos en el Decreto 0520 de 2019 podrán funcionar con este horario entre el 21 y el 24 de junio, y entre el 28 de junio y el 1 de julio, es decir, durante los 2 fines de semana del 47° Festival Folclórico Colombiano.
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Alcaldía de Ibagué
17 Jun 2019 - 11:14 COT por Ecos del Combeima

Los establecimientos nocturnos que cumplan con los requisitos establecidos en el Decreto 0520 de 2019 podrán funcionar hasta las 5:00 de la mañana entre el 21 y el 24 de junio, y entre el 28 de junio y el 1 de julio, es decir, durante los 2 fines de semana del 47° Festival Folclórico Colombiano.

Esta medida solo aplicará para los bares y discotecas que estén ubicados en centros comerciales, Mirolindo, Aparco-Berlín, Picaleña y la vía al Totumo. Desde ya, los interesados pueden enviar las solicitudes de permiso a la Secretaría de Gobierno. 

“El Decreto que establece la autorización contiene algunos requisitos que deben cumplir los propietarios. Uno de los principales es que los bares y discotecas no hayan recibido sanciones policivas en los últimos 6 meses”, aseguró Juan Manuel Lozano, secretario de Gobierno. (Decreto). 

Otros requisitos que deben cumplir los propietarios de los establecimientos son:

•          Documentación exigida por la Ley 1801 de 2016, conocida como Código de Policía

•          Tener certificado de la Secretaría de Planeación que demuestre compatibilidad entre el uso del suelo y actividad comercial

•          Certificación de cumplimiento de normas de seguridad expedido por el GPAD

•          Certificado de inspección sanitaria de la Secretaría de Salud

•          No haber recibido sanción policiva en los últimos 3 meses

•          Tener salidas de emergencia, rutas de evacuación y personal capacitado en primeros auxilios

•          Contar con sistema de vigilancia electrónica

•          Servicio de ambulancia hasta 2 horas después del cierre del establecimiento

•          Contar con personal de seguridad privada

•          Contar con un parqueadero propio o en convenio que ofrezca el servicio durante las 24 horas

“Además, los establecimientos deben implementar el programa de taxis seguros, esto para evitar que los ciudadanos conduzcan vehículos en estado de embriaguez”, añadió Lozano.

Los demás establecimientos de la ciudad que no cumplan con estos requisitos, y que se encuentren en sectores diferentes a los definidos en el Decreto, podrán atender al público hasta las 3:00 de la mañana.

Es de resaltar que en los sitios donde se otorgue autorización para ampliar el horario se desplegarán dispositivos de seguridad conformados por la Policía Metropolitana y funcionarios de la Administración Municipal.