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Consorcio Acuatol ofició al IBAL por dudas en adjudicación al Consorcio Acueducto Ibagué 2017

El documento precisa que hay observaciones visibles en el informe final de evaluación de las propuestas donde el ganador de la polémica licitación entregó información pero este no cumplió como era el pliego de condiciones.
13 Dic 2017 - 8:29 COT por Ecos del Combeima

En esta oportunidad el Consorcio Acuatol representado legalmente por Guido Cadelo Raimondi, insiste nuevamente en que el Consorcio Acueducto Ibagué 2017 presentó varias irregularidades en la documentación adjuntada en su propuesta al IBAL, para participar en la licitación pública para ejecutar la primera etapa de la segunda fase del acueducto complementario de Ibagué donde se juegan más de $27 mil millones, donde se relacionan la experiencia general y específica, y los perfiles en los residentes de obra.  

Lo anterior según  Acuatol no debió ser aceptado por la empresa ibaguereña, ya que uno de los dos puntos relacionados no es subsanable como lo establece el pliego de condiciones; se trata de la acreditación del RUP de cada integrante de las firmas que hace parte del Consorcio Acueducto Ibagué 2017 ya que deben sumar en dicha certificación el 100% y la entidad CONEQUIPOS ING SAS no lo hizo de esa manera. 

De acuerdo al documento remitido al IBAL, el pasado 12 de diciembre, con respecto a este punto dice explícitamente lo siguiente: “A folio 160 de la propuesta presentada por el oferente se evidencia una nota resaltada por el comité evaluador donde se indica que el RUP como nota del certificado, que el integrante CONEQUIPOS ING SAS el día 22 de noviembre de 2017”, permitiendo esté eliminado el contrato N°12 de su certificado, esto es lo que el proponente no cumpliría en el pliego de condiciones donde consta que la experiencia acreditada deberá sumar 100% (…).

Con respecto a los perfiles de residentes de obra, Acuatol señala que tanto  el ingeniero Jaime Alberto Ayala como el ingeniero Jorge Alberto Hernández no hicieron allegar los contratos que requiere este tipo de profesional así: 

El ingeniero Ayala no entregó los contratos donde se le acredita su experiencia profesional para aplicar al perfil de residente de obra, siendo que estos documentos son para el análisis y perfil solicitado que se encuentra en el punto 12.1 del pliego y dice que el requisito habilitante no es subsanable dentro del proceso.

Por su parte el ingeniero Hernández tampoco entregó el contrato de certificación N°1-01-86050116-96 donde se acredita la experiencia del mismo, siendo también este documento importante para revisar el perfil solicitado; es de anotar que tampoco es subsanable.     

Clic aquí para conocer el documento entregado por el Consorcio Acuatol al IBAL. 

¿Qué dice el pliego?

En este punto del RUP el pliego es claro y dice para ambas experiencias, tanto especifica cómo general, descritas en los puntos 4.4.1 y 4.4.2, nota 6 lo siguiente: “es considerado factor habilitador de la oferta, no subsanable en el proceso; su no aporte en los términos aquí establecidos o acreditación de la experiencia exigida será causal del rechazo de la propuesta, (….)”

Así mismo dice que frente a los contratos de la experiencia especifica sea certificada en el desarrollo de un contrato como unión temporal o consorcio, esta será tenida en cuenta en el porcentaje de la participación en la unión temporal o consorcio. 

Es así como Consorcio Acuatol, que quedó de segundo como oferente aceptado para la licitación pero no la ganó,  que el otro Consorcio en la evaluación de la experiencia específica que le hicieron no fueron considerados de esta forma; sino que han aplicado el 100% tanto al valor como a la experiencia, aun cuando los porcentajes de participación son menores. 

Ellos hacen referencia al contrato 064 de 2013, folios 293 a 365, que tiene una participación del 33.34%; contrato 026 de 2012, folios 366 a 429, con un porcentaje de participación del 30% solamente; contrato 029 de 2012, folios 430 a 491 con participación del 40%; y a los contratos de los folios 572 a 592, 593 a 691 y 692 a 754, cuyos porcentajes fueron del 50% respectivamente. 

(Le puede interesar: Consorcio Acuatol denuncia irregularidades en el proceso millonario del IBAL)

¿Que pide Acuatol?

Como se esperaba de un oferente que no ganó y ve en el ganador del proceso licitatorio acciones irregulares, el Consorcio Acuatol le pide al IBAL aplicar los criterios que expuso en el pliego de condiciones y efectuar las correcciones correspondientes en lo cual según ellos el proponente no cumple con los requisitos requeridos y su calificación disminuirá en consecuencia. 

Sobre el tema de los ingenieros Jaime Alberto Ayala y Jorge Alberto Hernández, el Consorcio pide que sean evaluados como rechazados dentro del proceso en curso por no cumplir el requisito que exige el pliego.