Investigan a empresas que no cumplen la reducción de la jornada laboral
Una serie de investigaciones iniciaron delegados del Ministerio del Trabajo en grandes empresas del país con el fin de establecer si el horario de trabajo se ajusta a las nuevas normas expedidas por esta cartera y que reduce la jornada laboral de los trabajadores.
Se adelantan averiguaciones en grupos empresariales como: Nutresa, compañía de galletas NOEL S.A.S, Pintuco S.A.S y MEALS (Mercadeo de Alimentos de Colombia S.A.S), por presuntamente no aplicar en su reglamento interno con vigencia al 16 de julio del presente año, la reducción de la jornada laboral estipulada en la ley 2101 del 2021.
La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos, hizo un llamado a los empleadores para que cumplan la ley y eviten la precarización de las trabajadoras y trabajadores.
"En nuestras distintas Direcciones Territoriales hemos recibido querellas por parte de algunos sindicatos, trabajadores y trabajadoras, sobre el incumplimiento en la reducción de la jornada laboral, la cual debería implementarse según la Ley desde el pasado 16 de julio, pasando de 48 a 47 horas semanales. Desde la cartera laboral insistimos en el mejoramiento de la calidad de vida de las y los trabajadores, no podemos seguir permitiendo la precarización y las violaciones a los derechos, por el contrario, debemos avanzar para que Colombia sea un país donde la ley se cumpla y de la misma manera las empresas sean más productivas y sostenibles, con generación de empleos dignos y decentes”, explicó la Ministra del Trabajo.
Durante las inspecciones laborales se les han solicitado a las empresas: certificados de existencias, listado numerado de trabajadores, comprobantes de nómina donde se especifiquen los pagos de horas extras, recargos nocturnos, festivos y dominicales, copias de afiliación a seguridad social y el certificado de actualización de la jornada laboral.
El Ministerio garantiza el debido proceso a las partes. Los empleadores que incumplan podrían recibir sanciones de hasta 5 mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.