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Hoy, fecha máxima para implementar factura electrónica

Si la venta supera los $212.060 deberán expedir factura electrónica en todos los casos o cuando el adquirente la exija.
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Zona Logística
1 Jun 2023 - 12:24 COT por Ecos del Combeima

Hoy vence el plazo para que los facturadores electrónicos implementen el límite de 5 Unidades de Valor Tributario, UVT, esto es $212.060 antes de impuestos para la vigencia 2023, como monto máximo para la expedición de documentos equivalentes generados por máquina registradora por cada operación de venta de un bien o prestación de un servicio. 

Lo anterior, teniendo en cuenta que la UVT fijada por la DIAN para 2023 es de $42.412, señaló la DIAN

Esto indica que el último grupo del calendario establecido en la Resolución 1092 del 1 de julio de 2022, es decir, los demás sujetos que no tengan ninguna de las calidades mencionadas en los vencimientos del 1 de febrero, 1 de abril y 1 de mayo, que usen el tiquete de máquina registradora con sistema POS, no deben expedirlo si la venta supera los $212.060 y en su lugar, deberán expedir factura electrónica en todos los casos o cuando el adquirente la exija, cuando los valores sean inferiores a la suma mencionada.

Los responsables de facturar deben tener en cuenta que, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto Tributario, los obligados a facturar electrónicamente que no cumplan con los requisitos de facturación electrónica, pueden enfrentar sanciones como el cierre del establecimiento por 3 días, o sanción pecuniaria equivalente al 5% de los ingresos operacionales obtenidos en el mes anterior a la fecha en la que incurrió el hecho sancionable.

Son obligados a facturar electrónicamente: las personas jurídicas, los responsables de IVA y de Impuesto Nacional al Consumo, las personas naturales que superen ingresos brutos de 3500 UVT es decir, $133.014.000 año 2022, $148.442.000 año 2023 y los contribuyentes inscritos en el Registro Tributario.