Superindustria formula pliego de cargos a Sayco por presunto abuso de posición de dominio
La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad nacional de competencia, formuló pliego de cargos en contra de la SOCIEDAD DE AUTORES Y COMPOSITORES DE COLOMBIA – SAYCO –, para establecer si esta sociedad incurrió en un abuso de su posición dominante.
Asimismo, la Superintendencia formuló pliego de cargos en contra de ocho (8) personas naturales vinculadas a SAYCO para determinar si estas habrían colaborado, facilitado, autorizado, ejecutado y/o tolerado el abuso en la posición de dominio.
EL CASO
La investigación se inició luego de que la Superintendencia de Industria y Comercio recibiera dos quejas por este tema. En el transcurso de la investigación se evidenció que SAYCO habría abusado de la posición dominante que tiene en el mercado de gestión de los derechos de autor, incurriendo en dos conductas anticompetitivas:
En la PRIMERA, SAYCO habría subordinado la gestión patrimonial de algunas formas de comunicación al público de obras musicales a la entrega, total o en “paquete”, de todas las formas de comunicación. Esto, aún cuando las distintas formas de comunicación pública son independientes entre sí.
Esta conducta se evidencia en los contratos de adhesión que son prediseñados por estos. La SEGUNDA, SAYCO habría obstruido el acceso de titulares de derechos de autor y terceros a otras formas de gestión distintas a la colectiva. La Sociedad investigada habría implementado, por un lado, herramientas y procedimientos que desincentivarían e impedirían la libre gestión individual de los titulares de derechos de autor sobre la comunicación al público de sus obras.
Por otro lado, con su comportamiento la investigada habría obstruido el acceso al mercado para terceros competidores que adelantan formas de gestión distintas de la colectiva. La Superintendencia podrá imponer multas de hasta CIEN MIL SALARIOS MÍNIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTES (100.000 SMLMV) por cada infracción al régimen de libre competencia a los agentes del mercado, y de hasta DOS MIL SALARIOS MÍNIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTES (2.000 SMLMV) por cada infracción a quienes colaboren, faciliten, autoricen, ejecuten y/o toleren las conductas anticompetitivas.