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¿En qué va el proyecto Cala del Sol?

Algunos habitantes del Conjunto Residencial Golf Club continúan haciendo oposición al proyecto. ¿Por qué planeación Municipal realizó una reglamentación del Plan de Ordenamiento Territorial?
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9 Oct 2020 - 12:21 COT por Ecos del Combeima

Habitantes del Conjunto Residencial Golf Club continúan en la oposición al proyecto Cala del Sol de la Caja de Compensación Familiar Comfenalco Tolima.

Según las objeciones presentadas a largo de los últimos años, Comfenalco accedió a la licencia de urbanismo de la unidad residencial pese a que el Plan de Ordenamiento Territorial hasta el 2016 mantenía este terreno como de uso institucional, equipamiento recreativo y deportivo. 

Econoticias conoció que el 3 de noviembre de 2016, la Secretaría de Planeación a través de la resolución 0149 realizó un ajuste al POT del 2014, en ese documento aparentemente al mejor estilo de los lapiceritos traviesos que violaron la concertación entre la Alcaldía y Cortolima en la Administración de Luis H. Rodríguez, hicieron la modificación del uso del suelo, pero parece que olvidaron que el predio tiene un norma urbanística de planimetría que lo identifica dentro de las infraestructuras y equipamientos municipales, por lo que en la precisión de la cartografía no podría cambiarse la condición.

Con este argumento el reconocido abogado Rubén Mejía, esposo de la notaria 5 de Ibagué, advirtió al curador urbano número uno, Manuel Medina, que la solicitud de la licencia para este predio carecía de asignación de tratamiento urbanístico y no era clara su zonificación debido a  que en el mapa el lote aparece con marcación de color blanco.

En el año 2018, la comunidad representada por el administrador de la copropiedad, Jhon Yate Mendoza, había realizado también la presentación de una serie de objeciones entre las que se encontraba la preocupación por la falta de vías de acceso al sector,  la limitada capacidad de la red acueducto y alcantarillado, la afectación a la valorización de los predios catalogados estrato seis y la falta de presentación de alternativas que permitan la mitigación los efectos negativos de este proyecto.

Ante los requerimientos de la comunidad, Medina en calidad de curador, respondió que el predio sí tiene como uso principal el residencial primario, situación que permite sea habilitado para el desarrollo de proyectos de vivienda multifamiliares y comerciales, amparado en la resolución emitida por la administración del ex alcalde Guillermo Alfonso Jaramillo, para la época de la decisión fungía como secretario de Planeación, Héctor Cervera.

En el predio se piensa adelantar una construcción de 336 apartamentos estrato 3 y 4 distribuidos en siete torres de ocho pisos.

Cifras:

De acuerdo con el estudio de factibilidad el valor de las ventas del proyecto es de $172.395.991.000. (Presentación del proyecto). 

Comfenalco aporta el lote a un Patrimonio Autónomo por un valor del 12% del valor de las ventas del proyecto. Para este ejercicio el estudio de factibilidad es de $20.614.035.000.

De este monto Comfenalco recibirá un primer pago por el valor de $4.926.000.000 millones que corresponde al 2.9% del valor de las ventas.

El saldo, es decir el 9.1% lo recibirá contra escrituración de cada apartamento, indexado a los precios de venta o del mercado.

La obligación de construcción de VIS por parte del constructor en un lote de su propiedad, se realizará ligado a los subsidios de Comfenalco y con prioridad para sus afiliados.

El constructor debe aportar certificación de recursos propios ó de crédito para el primer pago del valor del lote $4.926.000. 000 millones.

Adicionalmente Comfenalco pretende una participación en la utilidad del proyecto del 20%.