No pedirán pago anticipado del impuesto de Industria y Comercio en Ibagué
Los ciudadanos que deben pagar el impuesto de Industria y Comercio en Ibagué, ya no estarán obligados a cancelar de manera anticipada el 30% del total de esa obligación y cuyo valor correspondía al del año siguiente.
Con lo establecido en el artículo 560 del Acuerdo 015 de 2021 (Estatuto de Rentas del Municipio), los comerciantes debían pagar en el presente año por las futuras actividades que llevarían a cabo al año siguiente.
“Es una manera bastante onerosa para los comerciantes que vayan a pagar anticipadamente un impuesto sin ni siquiera haber cuantificado, ni saber si van a tener negocio o actividad comercial en el siguiente año”, explicó Ángel María Gómez, secretario de Hacienda de Ibagué.
Esta medida quedó en el pasado, luego de que el Concejo Municipal aprobara el Acuerdo 014 del 29 de julio de 2024, que derogó los artículos 560, 562 y 563 del Estatuto de Rentas del Municipio. La iniciativa fue presentada en julio como proyecto de acuerdo por la alcaldesa Johana Aranda.
“Consideramos que ese artículo va en contra del desarrollo que esperamos tenga la ciudad en materia de la actividad comercial”, reiteró el Secretario de Hacienda.
Asimismo, en el Acuerdo 014 del 29 de julio de 2024 se otorgó facultad a la Alcaldía para correr las fechas límites de los descuentos del 15%, 10% y 5% del impuesto Predial, considerando las novedades que se presenten en los calendarios, como son los días festivos y cambios en los horarios bancarios.