"Un importante número de empresarios le solicitó a la presidencia ejecutiva que tramite unas posiciones frente al predial": Alberto González
Alberto González, presidente de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Ibagué, admitió que existe un gran interés por parte de un numeroso grupo de empresarios que desean vincularse en el marco de las próximas elecciones.
En torno al 'rifirrafe' entre los hermanos Sierra y la disputa que están dando para acceder y/o permanecer en la CCI, González aseguró estar alejado de ese tipo de situaciones que "son más de familia", y pidió que las discrepancias que puedan tener se manejen en el ámbito personal para no llegar a perjudicar la imagen de la Junta Directiva.
La misiva radicada en la Gobernación
Alberto González radicó en la Gobernación del Tolima un oficio en el que le pide a Óscar Barreto Quiroga que demande el acuerdo que aumentó desmesuradamente el IPU, principalmente para los grandes comerciantes de Ibagué.
"Un importante número de empresarios le solicitó a la presidencia ejecutiva que tramite unas posiciones frente al predial; hay unos puntos que analizamos allí, entre ellos la posibilidad que concertemos con los concejales, los gremios y la comunidad en general sobre ese proyecto"; explicó Alberto González.
Conozca aquí la solictud realizada al gobernador del Tolima, Óscar Barreto Quiroga.
La respuesta
Dora Montaña, directora jurídica del departamento, aclaró que no ha llegado ninguna solicitud formal por parte de la Junta Directiva de la CCI, y anticipó que el acuerdo sí cumple con la normatividad, por lo que trasladó para el Concejo Municipal.
"El acuerdo cumple con todos los requisitos de constitucionalidad y legalidad, por lo cual salió concepto favorable mediante oficio 3233 del 29 de octubre del 2018 dirigido a la Secretaría de Apoyo a la Gestión de Ibagué, quien es el que remite por competencia los acuerdos", argumentó Dora Montaña.
El comunicado de la Dirección Jurídica
"Teniendo en cuenta que en la revisión no se advirtió motivo de inconstitucionalidad e ilegalidad, se hace la devolución de los citados acuerdos, sin embargo, no se excluye la posibilidad que puede hacer objeto de las acciones consagradas en el código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo".
Finalmente me permito recordar que el numeral 7 del artículo 91 de la ley 136 de 1994 dispone que es función de los alcaldes enviar al gobernador dentro de los cinco días siguientes a su sanción o expedición los acuerdos del Concejo, los decretos de carácter general que expidan los alcaldes y demás de carácter particular que el Gobernador le solicite".