Conozca qué deberá tener en cuenta sobre la distribución de bolsas de colores
El día de ayer el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expidió la Resolución No. 1397 de 2018 mediante la cual se adiciona la Resolución 668 de 2016 en lo referente a la obligación establecida a cargo de los distribuidores de bolsas plásticas de racionalizar su uso.
Cabe resaltar que desde mayo el Gobierno inició la reglamentación por lo que desde el primero de enero de 2019, todos los distribuidores deberán empezar a entregar a los clientes que deseen bolsas de tres colores (verde, azul y gris), las cuales deberán incluir leyendas en las que se especifique el tipo de residuo que se deposita así:
Bolsa verde: Deposite aquí los residuos orgánicos aprovechables.
Bolsa azul: Deposite aquí los residuos aprovechables como plástico, vidrio, metales y multicapa.
Bolsa gris: Deposite aquí los residuos aprovechables de papel y cartón.
¿Qué deberán tener en cuenta los distribuidores?
Respecto de los distribuidores, se prevé que deben reportar las metas antes mencionadas ya sea en los informes de avance de los programas de uso racional de bolsas plásticas o en los reportes anuales presentados a la autoridad ambiental.
Para la aplicación en las bolsas plásticas de los distintivos impresos o adheridos, habrá libertad de diseño y de combinación de diseños, no obstante, el área mínima que se debe destinar en la cara frontal o posterior de la bolsa será mínimo del veinte por ciento (20%).
Por último, las franquicias con casas matrices fuera del país podrán entregar al cliente distintivos adheribles de veinte centímetros (20 cm) de lado o de diámetro, con un área equivalente, con la leyenda legible impresa en ellos.