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“No soy quien para cuestionar el ‘lapicerito travieso’ ”: Manuel Medina

<p>El curador 1 de Ibagu&eacute; habl&oacute; con Econoticias sobre la circular 003 expedida por la Secretar&iacute;a de Planeaci&oacute;n Municipal, la cual suspende de manera provisional la parcelaci&oacute;n de vivienda en suelo rural.&nbsp;</p> <p>&nbsp;</p>
9 Abr 2016 - 19:09 COT por Ecos del Combeima

Manuel Antonio Medina, curador 1 de Ibagué  habló con Econoticias sobre las contradicciones que encontró en el POT de Ibagué y la solicitud que elevo hace algunos meses ante la Secretaría de Planeación en los suelos de actitud agropecuaria baja, sobre lo cual explicó que “ en el marco de una radicación que se realizó en la Curaduría Urbana 1 pendiente  de obtener licencia para parcelación sobre suelo rural, realizamos una consulta ante la Secretaría de Planeación considerando una contradicción que bajo nuestro criterio se presenta en el artículo 411 del POT, pues permite que el uso del suelo rural sea  compatible con la vivienda de trabajadores, vivienda de propietario y vivienda campestre, pero un poco más abajo en el mismo artículo establece como uso prohibido  los procesos de urbanización y  la parcelación para vivienda permanente, es decir que existe una clara contradicción en la norma”.

Según el curador 1 de Ibagué la norma nacional representada en la Ley 160 habla básicamente de la unidad agrícola familiar pero también es precisa en establecer que cualquier actuación que se ejerza por fuera de este límite, debe ir enmarcada en el Plan de Ordenamiento Territorial el cual en este momento presenta una inconsistencia.

¿Por qué el Guacharacos no aparece en las cartografías de Cortolima? 

Frente a la falta de interés que los entes de control municipal han demostrado ante el descubrimiento hace más de 20 años del Volcán Guacharacos y que pese a la tesis que realizó el geólogo David Alberto Galindo no ha sido incluido en los mapas de riesgo de la ciudad, Manuel Antonio Medina indicó que “ los curadores urbanos estamos para hacer cumplir las normas y no para modificarlas , sin embargo tenemos la facultad de presentar solicitudes ante la Administración cuando encontramos irregularidades. Mientras el Volcán Guacharacos no aparezca en la cartografía del POT  y cuente con los estudios respectivos, la Curaduría no podrá establecer con claridad el tema de las licencias urbanísticas en esta zona, dado que  se necesita tener en cuenta muchos requerimientos técnicos que nos den valores de juicios y en este momento la estructura volcánica no cuenta con ellos”. 

En este sentido el curador urbano 1 de Ibagué expresó que “Cortolima debió incluir desde hace tiempo al Volcán Guacharacos en sus cartografías y realizar todos los estudios técnicos con el fin de determinar la incidencia de esta estructura sobre sus áreas de influencia”. 

Más inconsistencias en el POT 

Entre estas irregularidades que presenta el POT decretado por la Alcaldía de Ibagué, una de las más inquietantes resulta sin duda ser la reducción de 200 metros en las zonas de mitigación de impacto que bordean los Cerros Tutelares de la ciudad.  Estos contaban inicialmente con 500 metros acordados entre la Administración y Cortolima pero que al momento de decretar el nuevo Plan de Ordenamiento Territorial misteriosamente pasaron a ser tan solo 300 metros, abriendo la posibilidad de parcelación en estas zonas. Ante esta evidente alteración en la concertación Manuel Antonio Medina, curador 1 de Ibagué puntualizó que “son situaciones de orden técnico que se debieron abordar entre Cortolima y la Alcaldía, este tipo de concertaciones son muy dispendiosas y requieren un gran trabajo. Desde la Secretaría de Planeación hay una contradicción normativa porque en la cartografía se establecen los 500 metros pero en el texto del POT se habla de 300 metros,  la Administración debe precisar la situación para llenar el vacío normativo y las contradicciones que se presentan”. 

¿Cuál sería el futuro de la parcelación para vivienda campestre en suelo rural?

En cuanto a los procedimientos que se deben llevar a cabo para regular las normas de licencias urbanísticas en suelo rural antes que estas vuelvan a entrar en vigencia el curador 1 de Ibagué, Manuel Antonio Medina afirmó que “la Secretaría de Planeación debe realizar todos los estudios técnicos precisos para entrar a regular las contradicciones de orden normativo que presenta el POT por lo cual hay que esperar que desde la entidad se concrete que la vivienda campestre en la zona agropecuaria baja no está permitida”.

Por último el funcionario se refirió a la urbanización que se permitió en los cerros noroccidentales de Ibagué afirmando que “no soy quien para cuestionar el ‘lapicerito travieso’ porque desde la Curaduría velamos por hacer cumplir las normas que se han adoptado legalmente como en el caso del POT, nosotros producimos actos administrativos y licencias urbanísticas conforme a la ley nos determina, todas estas irregularidades debe aclararlas tanto la Secretaría de Planeación como la Administración Municipal”.