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¿Alcaldía permitiría la construcción de vivienda campestre en El Totumo?

Cortolima frenó decreto emitido el mes pasado que reglamentaba los usos del suelo en El Totumo y que habría quedado mal formulado dado que no especificaba si se tendría como centro poblado rural o urbano, sin contar que no mencionaba cómo sería el suministro de servicios públicos para el sector, entre otros considerandos.
15 Mayo 2017 - 6:55 COT por Ecos del Combeima

Desde hace varios años ha sido recurrente la intención de urbanizar el corregimiento de El Totumo, zona rural de Ibagué, que se ha caracterizado por ostentar un uso de suelo de aptitud agropecuaria y donde sus habitantes han tenido que sobrellevar la escasez de agua causada por la deforestación y los cambios climáticos. 

 

Interesés económicos e ideales hedonistas de algunos constructores 

Dicha intención viene generando polémica en la ciudad por el propósito de algunos constructores y dueños de la tierra para urbanizar esta zona que se sitúa en las faldas de los Cerros Tutelares.  Este afán desmedido por destruir las laderas de las montañas se viene fraguando desde la construcción del POT actual de Ibagué el cual incorporó ‘micos’ que cambiaron la compatibilidad del suelo y en los cuales se respaldaron quienes a costa de un interés económico e ideales hedonistas iniciaron proyectos de alto valor a título de vivienda campestre. (Lea también ¿Burlada la concertación Ambiental del POT de Ibagué?) 

Tras una fuerte campaña de responsabilidad social por parte de Ecos del Combeima, el 8 de julio del 2015 por medio de la circular 003, el exsecretario de Planeación, Camilo Clavijo, suspendió la parcelación de manera provisional ante la solicitud del curador urbano 1 que señaló ciertas inconsistencias en los artículos del POT y determinó que al no estar identificados ni delimitados de manera precisa los polígonos en donde se podrían realizar los proyectos de vivienda campestre en el suelo rural era preciso suspender mientras se aclaraban estos puntos, por lo cual vale la pena recordar que el artículo 395 del POT vigente define campestre como una unidad residencial y permanente que no puede ser considerada de apoyo a la producción agropecuaria.

 

Freno a la parcelación para fines de vivienda campestre en Ibagué

Sin embargo unos meses antes de terminar el mandato de Luis H. Rodríguez, de forma misteriosa, el mismo ex funcionario intentó realizar el trámite de revocatoria directa de dicha circular bajo la premisa que debía permitir ampliar los argumentos de los curadores urbanos y así mantener o no la suspensión,  lo cual levantó sendas dudas teniendo en cuenta que el curador 2 de Ibagué, Greissman Cifuentes, el mismo que impartió la licencia de parcelación del proyecto Las Juanas, era quien solicitaba la revocatoria. (Lea también Cortolima pone 'tatequieto' a Planeación por parcelación ilegal de faldas de Cerros Tutelares de Ibagué). 

Cortolima en cabeza de Jorge Enrique Cardoso y en calidad de máxima autoridad ambiental del departamento, radicó un oficio ante la Secretaría de Planeación donde solicitaba formalmente el reconocimiento como tercero interesado en actuación administrativa de revocatoria directa de la circular No 003 de 2015, acto al que se sumó la Personaría de Ibagué, este último gran protagonista con su acción popular con decisión en las próximas semanas para frenar la parcelación y estudiar el volcán monogenético Guacharacos y su campo cercano.

Al llegar la Administración de Guillermo Jaramillo, el alcalde tomó la decisión de mantener la circular 003 que frenaba por el momento la parcelación en todo Ibagué y por tanto daba un fuerte alto en el camino a los constructores que pretendían urbanizar hasta que no se definieran los polígonos. (Lea también “No podemos permitir que Ibagué se quede sin agua por el interés de los poderosos que creen que pueden hacer lo que quieran con la ciudad”: Guillermo Jaramillo). 

 

Ampliación del perímetro corregimental de El Totumo

Sin embargo, el decreto 1000- 0286 del 19 de abril del 2017, que buscaba reglamentar la ampliación del perímetro corregimental de El Totumo frenado el 7 de marzo de 2016 por el alcalde Jaramillo y que impide que los hacendados dueños de la tierra puedan venderla para construcción desmesurada, ya que así se evita que se crezca de manera desordenada este bello lugar que carece de acueducto, fue objetado por Cortolima dado que el mismo no fue concertado con la máxima autoridad ambiental y al realizar la revisión se evidenció que el decreto incluía la construcción de vivienda campestre en el centro poblado dejando la puerta abierta además para la construcción de grandes casas de recreo que afectarían notablemente el abastecimiento de agua del sector. 

El director de Cortolima además explicó que lo decretado por la Alcaldía también contrariaba el decreto 3600 de 2007 que reglamenta el ordenamiento del suelo rural y al desarrollo de actuaciones urbanísticas de parcelación y edificación en este tipo de suelo.

 

Consideraciones de Cortolima

No es claro en el contenido del decreto si la reglamentación adoptada se establece el centro poblado El Totumo como un centro poblado rural o urbano y por lo tanto en el procedimiento de adopción no se ha dado cumplimiento a lo establecido en el mismo POT municipal (decreto 0823 de 2014), en el parágrafo 1 del artículo 391, que al su tenor dice “la Administración Municipal en el corto plazo del presente decreto deberán iniciar los estudios necesarios y definir en coordinación con la autoridad ambiental los centros poblados que tendrán el carácter de suelo urbano…” temática que debió ser resuelta previo a la adopción de un reglamentario de centro poblado.

No son claros los criterios argumentativos para la definición del perímetro propuesto, máxime cuando no se presenta DTS (documento técnico de soporte) correspondiente, e igual para la localización de una única área de afectación para el desarrollo de los equipamientos esenciales del centro poblado.

Se encuentran contradicciones entre la cartografía y el texto del decreto, referido a los tratamientos de desarrollo y de consolidación                        

No es claro en el decreto como es el abastecimiento de los servicios públicos, en especial el agua, si existe una fuente abastecedora y si ésta tienen las calidades de cantidad y calidad para el suministro al número de población prevista.                       

La identificación y delimitación de las áreas destinadas a vivienda Campestre no tendría cabida dentro del polígono reglamentado.                        

Y en el tema de las parcelaciones rurales, con la definición de las normas urbanísticas de parcelación de conformidad con las disposiciones que el efecto se señalan en el decreto 097 de 2006 o las normas que lo adicionen, modifican o sustituya.

Al analizar las observaciones y consideraciones de Cortolima, el primer mandatario de los ibaguereños, mediante decreto 0353 del pasado 5 de mayo, revirtió su decisión y entrará a concertar con Cortolima todo lo relacionado con la urbanización del centro poblado El Totumo. 

Cabe resaltar que la demanda al POT actual instaurada por Cortolima está a punto de ser fallada así como la acción popular del Volcán Guacharacos instaurada por la Personería Municipal contra todos los actores (Cortolima, Alcaldía, Gobernación, SGC), proceso que se tramita en el Tribunal Administrativo del Tolima, bajo la ponencia del magistrado José Aleth Ruiz. (Lea también Guacharacos: El Volcán desconocido de Ibagué).